SCJN refuerza la protección de derechos en materia de violencia vicaria, legalidad administrativa y acceso igualitario a cargos públicos en México
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una serie de resoluciones clave que refuerzan la protección de derechos y garantías en materia de violencia vicaria, legalidad administrativa y acceso igualitario a cargos públicos en México.
En lo que respecta a la violencia vicaria, la SCJN validó reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, al Código Civil Federal y al Código Penal Federal que definen y sancionan esta forma de agresión.
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Cabe recordar que este tipo de violencia ocurre cuando una persona utiliza a sus hijas, hijos o personas cercanas para causarle sufrimiento o dañar emocionalmente a una mujer.
La Corte destacó que la protección especial hacia las mujeres está justificada para corregir desigualdades históricas y estructurales, y aseguró que niñas, niños y adolescentes afectados cuentan con vías legales de protección.
De igual manera, exhortó al Congreso Congreso de la Unión a revisar el agravante de violencia vicaria en el Código Penal Federal, buscando mayor claridad y seguridad jurídica para su correcta aplicación.
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En este sentido, el Pleno contribuyó a garantizar el derecho de las mujeres a vivir libres de violencia, al reconocer la validez de las normas que definen la violencia vicaria.
Legalidad administrativa
Por otra parte, la SCJN anuló varios artículos de la Ley de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias del Estado de Veracruz que permitían sanciones administrativas poco claras y arbitrarias contra facilitadores y abogados en procesos de mediación y conciliación.
La Corte estableció que dichas sanciones deben ser claras, proporcionales y reguladas para proteger los derechos de todas las personas sin vulnerar su debido proceso.
Así se protege el derecho de todas las personas, evitando abusos y garantizando que nadie reciba un castigo exagerado o sin bases sólidas.
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Igualdad en el acceso a cargos públicos
Finalmente, para garantizar la igualdad en el acceso a cargos públicos, la SCJN invalidó requisitos subjetivos y vagos en la Ley Registral del Estado de Guerrero que impedían la participación justa en el Registro Público de la Propiedad.
Se afirmó que el acceso debe estar basado en criterios objetivos, igualitarios y respetuosos de la presunción de inocencia.
Entre los requisitos anulados se exigía que el titular del Registro Público de la Propiedad “tenga un modo honesto de vivir” o “sea de reconocida probidad y solvencia moral”, al considerarlos arbitrarios y contrarios a derechos fundamentales.
Estas resoluciones, representan un avance significativo en la garantía de derechos para las personas, especialmente las mujeres, en México.
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